BOLETÍN INFORMATIVO DSA - 03 DE MARZO DE 2014-

La Dirección de Impuestos y Aduanas, informó que mediante Sentencia C- 100 de 26 de febrero de 2014, la Corte Constitucional decidió declarar exequible el artículo 48 de la Ley 1607 de 2012, referente a los bienes gravados con la tarifa del 5% en el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA).

La alta Corte señaló que el mencionado apartado no es contrario al principio de Progresividad tributaria contenido en el artículo 363 de la Constitución Política, pues el principio de progresividad es predicable en el sistema tributario como un todo y no a cada impuesto considerado de manera individual.

Ver Comunicado de Prensa #58

 
 
 
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